Al pie de esta nota se encuentra disponible en archivo PDF Falla Sal III el Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, sala III del 21/06/20078 - sobre la venta de Transener
En relación a una denuncia periodística, publicada por el diario Folha de Sao Paulo (Brasil), y reproducida por medios de nuestro país, en la que un presunto "arrepentido" por supuestas irregularidades en la transferencia de la empresa de energía Transener vinculó a Eling Energía S.A. a hechos delictivos asociados a esa operación; deseamos comunicar que:
- Originariamente en 2002 Petrobras adquirió las acciones del Grupo Perez Companc y todas sus unidades de negocio, dentro de las cuales se incluía el 50 % de participación accionaria en CITELEC SA, que con el 52,65% era la controlante de Transener S.A.
- Esta Transferencia fue autorizada por el gobierno nacional, a excepción de la participación societaria en CITELEC; obligando a Petrobas a desinvertir por cuanto una empresa extranjera adquiría participación en una empresa de carácter estratégico de la República Argentina, aunque no fijó plazos para su aplicación.
- Eling Energía S.A., en conocimiento de esta obligación y como una empresa fuertemente vinculada al sector eléctrico, se interesó en participar en esa transferencia de activos.
- Tratándose de un servicio público la operación estaba sujeta a la aprobación de las autoridades nacionales.
- Al momento de intentar ofertar por la compra de las acciones de CITELEC, Petrobras declaró haber cerrado un acuerdo con un fondo de Inversión llamado Eaton Park con principio de ejecución, habiendo recibido un importante anticipo por la operación.
- Ante esta situación Eling Energía S.A. presentó objeción a la venta ante los organismos que debían autorizar la transferencia: ENRE (Ente Nacional Regulador de Electricidad), Secretaría de Energía y Tribunal de Defensa de la Competencia.
- En forma unánime estos organismos dictaminaron la pertinencia del reclamo por cuanto un servicio público no podía quedar al arbitrio entre privados, máxime teniendo en cuenta el carácter estratégico y monopólico de tal servicio público y declarando que "El comprador resulta un fondo de inversión cuyos accionistas no tienen arraigo en la actividad ni expectativas ciertas de permanecer en el negocio con plazos compatibles con los períodos de maduración de los negocios vinculados a los servicios públicos involucrados"
- Petrobras apeló el fallo que fue a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala III conformada por tres magistrados y siendo la instancia última de apelación, que por unanimidad rechazó el planteo, convalidó el precio y las condiciones de ventas que habían sido igualadas por Eling Energía S.A. y falló a su favor, por lo cual adquirió la participación del 25% de CITELEC, empresa controlante con el 52,65% de las acciones de Transener. El 25 % restante fue adquirido por la empresa estatal ENARSA. (Julio 2007)
Se demuestra así que la participación de Eling Energía S.A. en Transener está dada por la decisión y acción estratégica empresarial, dentro de un proceso establecido por las condiciones de desinversión originales en la compra realizada por Petrobras y avalada por legislación y normas que regulan la adquisición de acciones de empresas de servicio público en la Argentina.
La única relación de Eling Energía S.A. con Petrobras fue derivada del cumplimiento del fallo inapelable y unánime de la Justicia.
Desde hace 8 años, Transener está en manos del Estado y de empresas de capitales nacionales, con 100 % de profesionales argentinos altamente capacitados; gestionando de forma correcta el transporte de energía en todo el país, con atención en brindar el servicio y cumpliendo con los más altos estándares de calidad internacional.